POSESIÓN

En caso de que una persona crea estar posesa debe ponerse en contacto con el obispado de su diócesis, puede hacerlo por teléfono. Allí le concertarán una cita con el sacerdote especialista en este tipo de casos. Si en la diócesis no hubiera nadie especializado en esta materia, le indicarán cual es la diócesis más cercana que cuenta con alguien experto en esta especialidad.

Como signos de posesión podemos decir que está el entrar en trance con los ojos en blanco, la aversión repentina e irracional (por su intensidad) a todo lo sagrado: crucifijos, misa, etc. Aunque este signo no se da en todos los posesos, lo que sí que se da siempre es la pérdida de conciencia mientras emerge una segunda personalidad maligna.

Si todo esto sucede tras haber realizado algún acto esotérico, entonces hay razón suficiente para ir a ver al sacerdote encargado de discernir estos casos.

Apéndice para sacerdotes
..............................................

Dado el carácter pastoral de la respuesta de arriba, no se puede pretender abordar un tema tan complejo como el de la posesión diabólica. La respuesta de arriba pretende ofrecer una idea al que hace una pregunta sobre el asunto. Pero si hay un fenómeno complejo es el de la posesión, por ello no conviene que el sacerdote haga un discernimiento por su cuenta y riesgo, y derive los supuestos casos al especialista.

A pesar de lo dicho más arriba, creer que sólo hay posesión cuando el agua bendita quema, o la persona no puede entrar a una iglesia o se hablan lenguas desconocidas, es un error. Lo más característico de la posesión es que tras participar en un rito esotérico la persona sufra trances en los que emerge una segunda personalidad maligna.

Son muchos los sacerdotes que piensan que la posesión es sólo lo que aparece en algunas películas, y aunque hay casos espectaculares, lo normal es que la posesión no muestre otros signos que los que aparecen descritos en el Evangelio.